lunes. 13.05.2024

(Texto: Carles Enric López / Barcelona) Una mayoría de lectores desconocerá a nuestro invitado a la entrevista por su nombre. Pero si les decimos que José María Fernández Seijo -en la imagen superior- fue el juez que logró que la Unión Europea (UE) dictaminara que la ley hipotecaria española era contraria a la protección de los consumidores en marzo del 2013, muchos no sólo recordarán sino que aplaudirán su trabajo. El juez Fernández Seijo es el titular en el Juzgado Mercantil 3 de Barcelona desde sus inicios. Es considerado uno de los jueces más prestigiosos de  España. Reconocido con innumerables premios a su labor. Es una persona no sólo sensible a la realidad diaria que pasa por su Juzgado sino además un amplio conocedor del mundo económico, social y mercantil del país.

PREGUNTA.- Los jueces son, a veces, los grandes desconocidos de la sociedad actual. Todos los vemos en circunstancias muy puntuales de la vida –siempre en momentos de tensión-. Su labor no siempre es valorada por la sociedad pese a ser uno de sus pilares más importantes. Por ejemplo, en uno de los últimos barómetros del CIS los jueces y los periodistas eran las dos profesiones peor valoradas por los ciudadanos. ¿Esta lejanía de la ciudadanía e incluso este desconocimiento es uno de los puntos a mejorar por los jueces? ¿ O creen que la equidistancia o a veces mantenerse en la barrera es básico para la toma de decisiones?

RESPUESTA.- La labor del juez por definición debe ser una labor discreta, por lo tanto es razonable que no sea un trabajo ni conocido ni reconocido socialmente; en la historia reciente de España y de Cataluña ha habido ejemplos de jueces con gran repercusión social o mediática que han generado inquietud entre quienes deben ser juzgados. La valoración que los ciudadanos hacen de la administración de justicia no es sustancialmente peor de la que hacen de otros poderes del Estado; las encuestas muchas veces son reflejo del malestar que los ciudadanos tienen ante casos muy graves, de gran trascendencia política, social o económica. Si esa misma encuesta se hace a pie de juzgado, entre los usuarios de la justicia, la percepción es menos negativa aunque es inevitable que la parte que pierde un juicio tenga un mal concepto de quien le ha juzgado.

P.- Sería difícil pensar que un médico, por citar un ejemplo visible, operara a corazón abierto a un paciente simplemente por tener una carrera. Luego hay años de prácticas y experiencia antes de operar sólo. ¿Es razonable que un juez – en muchos casos sin experiencia en la vida, simplemente unas oposiciones, y un período en la escuela judicial – pueda disponer de tanto poder de decisión sobre las personas? Es además en los juzgados más cercanos y sensibles, sociales por ejemplo, donde empiezan su ejercicio. Allí donde cae gente con menos recursos es donde están los jueces con menos experiencia. ¿Habría que replantear el acceso entero a la judicatura? ¿Por qué para juzgar es necesario saberse una Ley/Leyes o es tan importante conocer la vida?

R.- El modelo de acceso a la judicatura es muy parecido al de otros países latinos, un modelo asentado en la oposición como sistema de acceso, por lo tanto potencia los valores memorísticos, no los referidos a las habilidades para entender y resolver conflictos complejos. En otros países, por ejemplo, en Francia, se ha potenciado la formación del juez en la escuela judicial, un sistema de prácticas que permite evaluar a los jueces ante situaciones reales de conflictos. En España este modelo no ha terminado de desarrollarse por lo que los jueces muchas veces nos “hacemos” en el propio juzgado. Claro que debe replantearse el acceso a la carrera judicial sobre bases menos memorísticas, pero siguiendo el ejemplo del médico creo que nadie se dejaría operar por un cirujano que no supiera con exactitud dónde está cada hueso, cual es la función de cada víscera y cómo funciona al detalle el cuerpo humano, por lo tanto no despreciemos los conocimientos profundos de las normas.

P.- Sin lugar a dudas, además, uno de los mayores problemas de la Justicia en España son los retrasos. Hablamos de meses e inclusos años en los temas más complejos. Causas múltiples. Por un lado un sistema muy “garantista”, por otro, los pocos recursos destinados a la Justicia que esgrimen las asociaciones de jueces. Desde fuera nos olvidamos que hay procedimientos con miles y hasta cientos de miles de folios. ¿Cuántos procedimientos tiene vivos un juzgado como el suyo? ¿Cuántas sentencias o autos pueden salir al año de un juzgado como el suyo?

R.- Los juzgados mercantiles se crearon con la idea de que no soportaran más de 350 procedimientos al año, procedimientos de todo tipo que van desde un concurso hasta la reclamación por la pérdida de una maleta. El año pasado un juzgado como el mío, es decir, un juzgado mercantil de una gran ciudad, cerró con más de 1.200 asuntos. Llevamos varios años con un volumen de asuntos que triplica la carga razonable que puede soportar un juez, un órgano judicial. Eso hace que la bolsa de asuntos pendientes crezca más de lo razonable y que nuestra capacidad para resolver se resienta. Sentencias se pueden dictar muchas, el problema es la calidad de las resoluciones, es claro que una justicia colapsada tiene como consecuencia resoluciones menos motivadas, o resoluciones que llegan cuando el conflicto se ha podrido.

Fernández Seijo responde a preguntas de los medios de comunicación. Fernández Seijo responde a preguntas de los medios de comunicación.

P.- Muchos ciudadanos desconocemos que las Leyes no son actos cerrados sino, en muchas ocasiones y sobre todo en el mundo mercantil, abiertas a matices e interpretaciones. Todo matiz e interpretación puede ser removido desde diversos tipos de presiones. No sólo presiones mediáticas, en los casos más conocidos, sino presiones de partes o presiones incluso políticas. ¿Esa mochila hace más complicado algunas decisiones? ¿O es clave alejarse de según qué tipo de contactos? Como concepto, ¿deben los jueces aislarse en según que casos para no viciar una interpretación de la Ley más allá de lo razonable?

R.- De nuevo debemos apelar a las virtudes del juez y, entre ellas, a la discreción y cierta templanza. El trabajo del juez por definición se desarrolla en un entorno tenso, el del conflicto, por lo tanto el juez ha de saber gestionar esa tensión y las posibles presiones de todo tipo. Para los jueces de batalla, los que estamos alejados de los procedimientos penales de la Audiencia Nacional, no hay presiones o riesgos políticos, yo en 25 años no recuerdo haber tenido una presión política. Por descontado que uno en su profesión debe evitar aquellos contactos o relaciones sociales que puedan comprometer su independencia o que proyecten hacia el exterior la idea de que la independencia del juez puede quedar comprometida. Por eso la necesidad de ser discreto y evitar según qué compromisos ya que aunque en el fuero interno uno pueda pensar que esos compromisos no le afectan, sin embargo pueden proyectar una imagen que distorsione esa independencia. Para resolver problemas complicados es bueno concentrarse y comprender el conflicto, para eso a veces el aislamiento puede ser contraproducente ya que conviene que la realidad cale en los huesos del juez para saber en qué contexto ha de aplicarse su sentencia.

P.- Entrando ya en temas más concretos como la Ley Concursal –Antigua suspensión de pagos-, verdadero inicio de los juzgados mercantiles. Desde su primer redactado se han introducido innumerables cambios. Podríamos pensar que a más cambio más cercana la Ley. Pero en cierta manera parece que cada cambio es más bien un parche, en muchos casos insuficiente. Ahora se ha aprobado la Ley de la Segunda Oportunidad. Que más bien parece una segunda oportunidad para notarios o registradores, por su requerida actuación, que para ciudadanos. Esta a año luz de otros países europeos. ¿Estamos ante un nuevo parcheado de la Ley más pensando en un titular de diario que en una solución de problemas?

R.- No. La última reforma en esta materia, la de febrero de 2015, por fin nos coloca en una situación similar a la de otros países de nuestro entorno, además los jueces tenemos la firme convicción de que debe aplicarse con generosidad para el deudor ahogado por su situación. También es verdad que los gobiernos se han acostumbrado a legislar a golpe de decreto ley, los viernes han sido los días más emocionantes para el juez mercantil ya que el consejo de ministros suele depararnos sorpresas que se publican el sábado y entran en vigor el lunes, con lo que hemos de pasar los fines de semana intentando estudiar las reformas. La legislación motorizada da lugar a normas con poca calidad y, sobre todo, a problemas de armonía del ordenamiento jurídico. Muchas de las últimas reformas, las de 2014 y 2105, son en ocasiones contrareformas ante la falta de operatividad de las reformas de 2011 y 2012. Además el gobierno en ocasiones piensa que con una ley se soluciona el problema, sin darse cuenta de que aprobar una sin facilitar medios para que se aplica puede tener efectos perversos.

P.- Y ahondando más en la misma Ley Concursal. El Estado – en forma de Hacienda y TGSS - es en muchos casos el principal acreedor de las empresas españolas de más pequeño tamaño. Pese a los cambios de la Ley Concursal sigue teniendo unos privilegios diferenciados. ¿Sería necesaria avanzar en una línea de igualación de derechos de todos los acreedores?

R.- Algunos jueces prestigiosos consideran que los créditos públicos no deben ser de mejor condición que los privados. Yo creo que debe darse una tutela especial a los acreedores públicos, sobre todo en aquellos concursos en los que un porcentaje elevado de la deuda es de esa naturaleza; el concurso nunca debe amparar actuaciones fraudulentas. Sí que creo que hay que mejorar los mecanismos para que los acreedores públicos puedan adherirse a los convenios y que en algunos casos esa adhesión sea obligatoria, si hay en juego empresas con números importantes de trabajadores.

P.- Otra problemática que parece difícil de superar son los costes del concurso. No sólo el coste inicial, sino luego sobre todo el coste de los administradores concursales. No es extraño el concurso donde los administradores concursales –designados por el juzgado- sí hayan cobrado mientras los acreedores no han visto un euro. Por ello en Pymes, la mayoría del sector en España, es fácil escuchar que es más sencillo y económico “bajar las persianas que presentar concurso”. El hecho de presentar el concurso además puede suponer, o supone en buen número de casos, la muerte civil de los administradores y/o avalistas de las empresas de menor tamaño. Curiosamente cumplir con su obligación se convierte en su muerte. Su muerte personal, pero también su muerte como pagadores al Estado. Al final las empresas son personas y si las personas que creen cumplir sus obligaciones, incluso con un concurso de acreedores, son castigadas tan duramente difícilmente volverán al mercado. ¿No habría que establecer o pensar una respuesta inmediata para ese grupo específico de personas directamente desde los juzgados mercantiles? ¿Tiene algún sentido que las administraciones mantengan deudas incobrables a aquellos que han cumplido sus obligaciones legales?

R.- Cuando se aprobó la Ley Concursal en 2003 muchos jueces ya defendimos la necesidad de crear un cuerpo público de forenses contables y auditores; no eran buenos tiempos para la función pública y de aquellas decisiones vienen las actuales incertidumbres. El Gobierno tiene todavía pendiente una reforma del régimen de retribución de los administradores concursales que no comprometa la viabilidad de las compañías, además que se retribuya por trabajo realmente realizado y no por el volumen del activo o del pasivo. También deberían corregirse algunos hábitos de otros profesionales que asisten o asesoran al deudor y que a veces con sus cobros anteriores a presentar los concursos terminan de vaciar las cajas de las pequeñas empresas. En otros países los abogados presentan gratis los concursos, sobre todo si la empresa a la que le han asesorado han sido clientes suyos en las épocas de bonanza. Queda mucho por hacer en la cultura concursal de este país.

P.- Sobre las concursos de acreedores también es interesante escuchar su opinión sobre la repercusión en las personas. Como buen observador de la realidad social, ¿cuántos concursos acaban en divorcio o conflictos familiares? ¿Hay alguna medida del Estado o la judicatura para ayudar en esa faceta más social? ¿O sólo se está pendiente del dinero? ¿Podríamos llegar a decir que la principal o casi única preocupación de la Ley Concursal es el dinero y no las personas?

R.- La verdad es que una situación de conflicto encapsulado en una empresa suele afectar a la vida personal y a las relaciones afectivas del deudor, también de sus trabajadores. Es muy habitual que en un concurso el empresario se vea envuelto en una crisis familiar ya que suele haber comprometido todo su patrimonio y ha trasladado sus dificultades a su entorno más cercano. La sensibilidad social de los jueces no tiene un standard medio homologable, depende de la forma de ser de cada uno, de la capacidad de empatizar. También es cierto que si empatizas al 100% con todos tus asuntos puedes llegar a trastornarte. Es una pena que la crisis económica haya arrasado con los servicios sociales, el juez debería poder pedir a los servicios sociales que actuaran en algunos conflictos mercantiles. La mayor preocupación de la Ley concursal no es el dinero sino el cumplimiento de las normas, muchos procedimientos concursales se tramitan sin que haya un euro en caja ni posibilidad de recuperarlo.

Fernández Seijo, en su despacho de la Ciudad de la Justicia de Barcelona. Fernández Seijo, en su despacho de la Ciudad de la Justicia de Barcelona.

P.- Gracias a la sentencia europea quedó claro que las legislaturas están más cerca de lo que pensamos de Europa. Al menos a nivel consumidor. Como profesional conocedor de la dinámica mercantil del país, ¿deberíamos acercarnos en todos los ámbitos europeos, sobre todo fiscal, laboral y TGSS, a una unión real? ¿Con los mismos mecanismos, leyes, impuestos y cotizaciones en un mercado europeo único? ¿Simplificaría esa acción el conjunto de leyes y los reinos de taifas e intereses de cada uno de los miembros?

R.- Europa sólo funcionará bien cuando tenga un cuerpo normativo común, gastamos mucho tiempo, mucho dinero y muchos esfuerzos en potenciar aquello que nos diferencia en vez de aquello que nos une. También es cierto que para que Europa funcione la unión no puede ser de mercados y de impuestos, es necesario que Europa cuide su vertiente social, que la gente de la calle encuentre sentido a lo de ser europeo.

P.- Desconozco si ha visitado alguna vez los Emiratos Árabes Unidos. En todo caso sabe estamos en un país donde la principal fuente de riqueza es el petróleo, curiosamente el mundo inmobiliario y el turismo – sobre todo en el emirato de Dubai, que carece de petróleo -. Dos sectores bien conocidos en España. Aquí la repercusión de la crisis fue más brusca pero la recuperación también más rápida. Desde su conocimiento del sector económico, ¿cree necesario aún una mayor flexibilidad en España para afrontar los retos de un mundo internacional en competencia?

R.- España tiene la inmensa fortuna de tener muy buenos lazos culturales y afectivos con los países árabes, sin embargo tenemos una economía muy rígida en la que cuesta mucho que los emprendedores puedan salir del país e iniciar proyectos empresariales fuera de sus fronteras. Además tenemos un sistema educativo absolutamente trasnochado que priva a miles de estudiantes de una visión global del mundo. Además es imprescindible ser respetuoso con la cultura y valores de esos países, no acudir con la idea de colonizar –muy española- sino de sumergirte en nuevas realidades.

P.- Pensando en el gran número de españoles que han debido emigrar a nuevos retos en el extranjero –por cierto para algunos visto como algo muy positivo en un mundo global – ¿cree que las economías occidentales, principalmente Europa, está en disposición de competir en base a industrias basadas exclusivamente en el precio? ¿Debe ser la seguridad jurídica y por ende la máxima profesionalización de la justicia uno de los valores en Europa?

R.- La seguridad jurídica permite que las transacciones comerciales se realicen sin incertidumbres, sin riesgos ni demoras. Yo creo que un modelo unificado para toda Europa de procedimientos mercantiles, de contratos mercantiles, facilitaría el crecimiento económico de Europa y el regreso a valores de productividad ahora olvidados. Es complicado competir en precios con los países emergentes, Europa debe asentar su producción en la calidad, en las garantías, en el valor añadido de los productos. El derecho, por sí solo, mueve muy pocos motores.

P.- Finalmente, además de su faceta profesional, juzgado, conferencias, cursos..., a título personal es un devorador de libros, incansable viajero, padre de familia y un excelente cocinero amateur –incluso tiene su propio y reconocido blog de recetas -. A veces, como decíamos al principio, no vemos que detrás de un juez hay una persona. ¿De dónde saca tiempo para tantas actividades?

R.- Supongo que haciendo mal muchas cosas. No me considero un superdotado, ni mucho menos, pero sí inquieto y curioso. A veces abarco más ámbitos de los que puedo controlar, pero me manejo bien en el caos, no en vano titulé mi blog “Un diletante en la cocina”, creo que la curiosidad por las personas y las cosas es la que me lleva a hacer cosas muy diversas. Todo enriquece.

El juez Fernández Seijo: “En la historia reciente de España hay jueces con gran...