viernes. 29.03.2024

La situación que plantea el lector es la siguiente: después trabajar durante dos años consecutivos en EAU, un empleado viajó a su país de origen para disfrutar de sus vacaciones. Durante el curso de las mismas recibió una notificación por parte de su empresario en la que le comunicaba el final de la relación laboral y le anunciaba la cancelación de su visa sin permitirle recoger sus objetos personales, incluyendo los materiales profesionales requeridos para el ejercicio de su actividad principal. Es decir, que la pregunta también incluye las opciones para recuperar los bienes. 

Hay dos aspectos de estas circunstancias que llaman la atención desde un punto de vista legal: (a) la cancelación del visado sin presencia del trabajador; y (b) las opciones disponibles para recuperar los bienes dejados atrás en EAU. 

La abogada María Rubert.

Con relación a la cancelación del visado, la misma parece haberse producido de forma irregular. De acuerdo con la regulación local, la cancelación del visado solo puede producirse un vez el trabajador ha firmado que se respetan sus derechos laborales. Entre estos destaca la indemnización por despido improcedente y el finiquito al que todo trabajador tiene derecho una vez concluye la relación laboral, cuya cantidad se calcula en base al tiempo trabajado. 

Esta irregularidad y el derecho a ser compensado puede ser invocado ante los tribunales de la jurisdicción laboral de EAU, para lo cual se requiere de la asistencia letrada de un abogado local. 

Con lo que respecta a los bienes que el empresario rehúsa devolver al trabajador, la propiedad de los mismos debe de ser reclamada judicialmente en caso de que dicha negativa persistiese en el tiempo. La acción de reclamación puede acumularse en el proceso laboral sin necesidad de iniciar un proceso civil paralelo para la recuperación de la propiedad. 

A fin de sustentar la reclamación laboral, sugeriríamos preparar facturas de compra u otro tipo de documentos que puedan probar la propiedad de los mismos

Una vez recuperada la propiedad, los gastos de transporte de los bienes personales del trabajador a su país de residencia quedarán regulados por el propio contrato de trabajo. En el caso de que el mismo guardase silencio con respecto a ese punto, será el trabajador quien deberá sufragar tales gastos. Si la empresa hubiera abonado el transporte de los bienes hacia EAU, se le podría exigir que los devolviera al país de origen. 

A fin de evitar o minimizar el riesgo que situaciones como la descrita pueden implicar, es aconsejable recoger documentalmente los términos más sensibles o las modificaciones sustanciales del contrato de trabajo mediante acuerdos posteriores firmados por las partes o, al menos, por correos electrónicos que puedan reflejar los términos que rigen la relación. 

---------------------

**La presente opinión no constituye asesoramiento legal. Es una orientación de aplicación general. Para más información [email protected] o   +971 50 35 14036.

¿Qué hacer ante la cancelación irregular de un visado en Emiratos?