viernes. 29.03.2024

El Registro de Propiedad Inmueble de la Provincia argentina de Río Negro tiene un plazo de 10 días para informar sobre la veracidad o no de la adquisición de 28.000 hectáreas en la zona cordillerana de la provincia por parte del Emir de Qatar, Hamad bin Jalifa Al Thani, según ha solicitado la senadora Magdalena Odarda (RIO), quien también elevó un Pedido de Informes a la Dirección Nacional de Registro de Tierras rurales, sobre esta posible operación.

De confirmarse la falta de autorización gubernamental para esta transacción, se trataría de una operación ilegal, en primer lugar por haberse habilitado una operación de compra por parte de un extranjero en zona de seguridad de fronteras y en segundo lugar porque se estaría vulnerando la ley 26.737 de extranjerización de tierras, que no permite adquirir más de 1.000 hectáreas a extranjeros en cualquier parte del territorio nacional, Según Odarda se “trataría de otro escandaloso acto de cesión de soberanía, sumándose así a los ya ocurridos al habilitarse la instalación de una Base Militar China en Neuquén o al reciente ingreso de tropas estadounidenses bajo supuestos fines humanitarios”.

La ley 26.737, de extranjerización de tierras, es clara, en cuando refiere a que todos los actos jurídicos que se celebren en violación a lo establecido en la norma serán de nulidad total, absoluta e insanable, sin derecho a reclamo indemnizatorio en beneficio de los autores y partícipes del acto antijurídico. Cuando una persona extranjera va a adquirir una tierra catastrada como “rural”, debe tramitar por ante la Dirección Nacional de Registro de Tierras Rurales el respectivo “Certificado de Habilitación”, lo que no ha sucedido en manera alguna en el presente caso, a su vez, el Registro de la Propiedad, al momento de la solicitud de dicha inscripción de la titularidad dominial, debe cumplir con la normativa y si no considera cumplidos los recaudos legales, no procede a su inscripción.

Argentina pide investigar la venta de 28.000 hectáreas al emir de Qatar
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