viernes. 19.04.2024

Los Emiratos Árabes Unidos (‘Emiratos’) permiten la tramitación de visados de residentes a inversores (dueños de negocio) y a profesionales asalariados – y a sus familias como dependientes de ellos.

Cada día aumenta el flujo de trabajadores e inversores –y sus familias– atraídos por los incentivos de una actividad económica boyante, la inexistencia de impuestos –sobre la renta, sobre patrimonio o de sociedades-, la relativa simpleza de su administración, su estabilidad política, su envidiable accesibilidad y un clima soleado los doce meses del año.

No obstante, la tramitación de visados, en ocasiones, puede conllevar una relativa mayor burocracia e incertidumbre. Tal es el caso de la tramitación de visados para los hijos dependientes en el caso de mujeres occidentales separadas, divorciadas o mujeres que se hayan vuelto a casar y no todos sus dependientes sean descendientes del marido (y ‘sponsor’) actual.

Tal específica situación en la tramitación de visados de residentes para dependientes es una de entre las varias preguntas que nos han sido planteadas.

La consulta concierne a una familia a punto de instalarse en Emiratos con dudas respecto a los trámites y documentos a aportar para dos de los niños de la familia, fruto de un matrimonio anterior de la mujer. Se nos plantea si le puede ocasionar algún problema el hecho de que esos dos niños no sean hijos de su actual marido a la hora de tramitar el visado y escolarizarlos.

RESPUESTA

En principio y al haber abordado este problema antes de su llegada, con la preparación de los documentos que pasamos a detallar, esta familia no debería encontrar ningún problema a la hora de tramitar el visado y escolarizar a los niños fruto de un matrimonio anterior.

A continuación detallamos los documentos necesarios para obtener sus visados:

1. El contrato de alquiler.

2. El contrato de trabajo del marido.

3. El documento fehaciente del matrimonio actual.

4. El pasaporte de toda la familia, incluido el del padre de los niños del matrimonio anterior.

5. Acta de Manifestaciones del padre biológico de los niños dando su visto bueno a que sus hijos vivan en Emiratos y sean escolarizados aquí.

Los documentos (3), (4) y (5) necesitarán ser legalizados ante el Ministerio de Asuntos Exteriores y Embajada de Emiratos en España, y una vez lleguen a Emiratos la legalización deberá culminarse frente al Ministerio de Asuntos Exteriores de Emiratos.

Una vez se hayan obtenido los visados no debería haber ningún tipo de problema para escolarizar a los niños, sujeto obviamente a la debida presentación de los documentos necesarios para la inscripción.

Con ánimo de precaución animaría no obstante a todos aquellos que pudieran enfrentarse a dificultades similares a verificar la actual práctica con las respectivas embajadas o despacho especializado. Ello se debe a que la práctica y requisitos en Emiratos –en cualquier tramitación– suele ser sujeto a modificaciones habituales.

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La abogado María Rubert. La abogado María Rubert.

En la sección ‘Pregunta al abogado’, dirigida por la abogado María Rubert, socio del despacho M/ Advocates de Dubai, los lectores pueden plantear las cuestiones sobre las que tengan dudas ya sean de carácter inmobiliario, laboral, de visados o de constitución de empresas, entre otras materias. Las respuestas aparecerán tanto en la edición impresa como en la digital (www.elcorreodelgolfo.org). Dirigir las cuestiones a [email protected] haciendo constar en el asunto ‘Pregunta al abogado’.

¿Es posible obtener visados de residencia en Emiratos para los hijos de un matrimonio...
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