miércoles. 24.04.2024

Pregunta

La consulta está relacionada con los derechos de imagen y el uso de imágenes sin la autorización de la persona reflejada. Se plantea el problema de que una entidad está utilizando una imagen en la que una persona aparece en su puesto de trabajo en la página web corporativa de dicho establecimiento, cuando la persona en cuestión ya no trabaja para el establecimiento. La solicitante quiere saber cuáles son las opciones para proceder a demandar al establecimiento o solicitar (se entiende formalmente) la retirada de la imagen.

Respuesta

En primer lugar como profesionales del derecho especializados en materia contenciosa, recomendaríamos evitar por todos los medios un procedimiento ante los tribunales de justicia en vista del coste y duración de los mismos. Aconsejaríamos acudir a la empresa para solicitar la retirada de la imagen sin utilizar un tono agresivo, más bien conciliador haciéndoles saber que tras su baja del establecimiento preferiría no aparecer en la web.

Nuestra experiencia indica que en la mayoría de los casos los establecimientos no han caído en la baja y no existe la intención alguna de perjudicar a los afectados, y que por tanto la solicitud debería solucionar la situación.

En el caso, no obstante, de que la vía diplomática no funcionara y la empresa se negara a eliminar la imagen, antes de considerar la iniciación de la vía contenciosa habría que revisar los contratos con el establecimiento (contratos laborales y manual de empleados del establecimiento) para confirmar que no existe ninguna cláusula de cesión de derechos de imagen en el ámbito corporativo o de trabajo (de hecho comunes).

Dicho esto y en el caso de que tales clausulas no existan, es importante hacer hincapié en el hecho de que en Emiratos Árabes Unidos, el sistema legal exige la prueba directa de los daños sufridos por tales acciones - lo que en realidad supone un reto muy difícil sino imposible.

La abogado María Rubert. La abogado María Rubert.

En la sección ‘Pregunta al abogado’, dirigida por la abogado María Rubert, socio del despacho M/ Advocates de Dubai, los lectores pueden plantear las cuestiones sobre las que tengan dudas ya sean de carácter inmobiliario, laboral, de visados o de constitución de empresas, entre otras materias. Las respuestas aparecerán tanto en la edición impresa como en la digital (www.elcorreodelgolfo.org). Dirigir las cuestiones a [email protected] haciendo constar en el asunto ‘Pregunta al abogado’.

Los derechos de imagen y el uso de imágenes sin autorización
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