miércoles. 24.04.2024

Consulta relativa a la extensión de visados, esta vez por parte de un nacional de Venezuela, país sin acuerdo de cooperación en materia de visados con EAU.

¿Cómo renuevan el visado los nacionales de países no reflejados en la siguiente lista?

Andorra, Australia, Austria, Belgium, Brunei, Bulgaria, Canada, Croatia, Cyprus, Czech Republic, Denmark, Estonia, Finland, France, Germany, Greece, Hong Kong, Hungary, Iceland, Ireland, Italy, Japan, Latvia, Liechtenstein, Lithuania, Luxembourg, Malaysia, Malta, Monaco, Netherlands, New Zealand, Norway, Poland, Portugal, Romania, San Marino, Singapore, Slovakia, Slovenia, South Korea, Spain, Sweden, Switzerland, United Kingdom, United States of America, Vatican City.

Venezuela y otros países de América Latina, por no pertenecer a la lista de países citada deben solicitar su visado con anterioridad a su llegada a EAU y una vez en EAU solo les es posible renovar el visado en una ocasión por un periodo adicional de 30 días – a los 30 días iniciales. Los periodos de gracia, de los que otras nacionalidades pueden beneficiarse (si bien no están garantizados), no están al alcance de nacionales de países sin convenio.

Dicha extensión tiene un coste de AED 1,200.00, y únicamente puede tramitarse a través de la agencia de viajes o sponsor que tramitó el visado de turismo en primer lugar. Para procesar la extensión, el agente o sponsor deberá contar con el pasaporte original del solicitante.

De no haber procesado la extensión al término del plazo inicial de 30 días, el nacional de país sin convenio en temas de visado, deberá salir de EAU de manera inmediata por un periodo mínimo de un mes antes de poder regresar a EAU por un periodo adicional de 30 días – renovables conforme al procedimiento indicado – por un periodo adicional de otros 30.

Esta información es válida para quienes hayan obtenido el visado de turismo antes del 31 de diciembre de 2014. Información reciente proporcionada por el Ministerio de Trabajo y la Oficina de Inmigración confirma que las personas provenientes de América Latina (u otros países sin convenio en materia de visados con EAU) interesadas en visitar EAU a partir del 1 de enero del 2015 – o aquellas que hayan obtenido el visado de turismo a partir de esta fecha –, no tendrán la oportunidad de extensión de la Visa de Turista, solo podrán estar en EAU durante el tiempo inicial autorizado. No se nos ha confirmado si esta nueva directiva es temporal o permanente. Sin duda es un aspecto a seguir a lo largo de las próximas semanas y/o meses.

*La presente opinión no constituye asesoramiento legal. Ha sido redactada en función de las representaciones recibidas y a modo de nota aclarativa general sobre la renovación de visados de turistas en EAU. Para más información: [email protected] o +971 4 295 5727.

La abogada María Rubert.

En la sección ‘Pregunta al abogado’, dirigida por la abogada María Rubert, socio del despacho M/ Advocates de Dubai, los lectores pueden plantear las cuestiones sobre las que tengan dudas ya sean de carácter inmobiliario, laboral, de visados o de constitución de empresas, entre otras materias. Las respuestas aparecerán tanto en la edición impresa como en la digital (www.elcorreodelgolfo.org). Dirigir las cuestiones a [email protected] haciendo constar en el asunto ‘Pregunta al abogado’

Extensión de visado en Emiratos para Venezuela y otros países de América Latina
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