sábado. 20.04.2024

Nos ha llegado una consulta relativa a la apertura de una cuenta bancaria en EAU.

¿Quién puede abrir una cuenta bancaria en EAU? ¿Qué documentos han de presentarse? ¿Cómo es el procedimiento?

Estas son las preguntas que se plantean a la hora de abrir una cuenta en EAU y las que tratamos a continuación:

¿Quién?

Para abrir una cuenta bancaria en EAU es necesario ser residente del país. Hay dos vías de adquisición de un visado de residencia: (a) a través de un visado de trabajo o (b) visado de inversor (al incorporar empresa en el país).

Como excepción indicar que hay bancos que pudieran ser flexibles a la hora de aperturar cuentas para personas no residentes pero dueños de bienes inmuebles en EAU. También es posible encontrar flexibilidad en bancos privados si bien estos tienen unos límites mínimos en las cantidades que la cuenta debe reflejar desde apertura a cierre.

Las empresas, radicadas en EAU o en otro lugar, también pueden abrir cuentas bancarias. Lo indispensable en estos casos es que el dueño (o dueños) de la empresa (independientemente de las diferentes subcapas corporativas del accionariado de la empresa) se reúna con el banco como último beneficiario de la cuenta. Por ello que las empresas offshore (sin presencia física como BVI, Seychelles o JAFZA Offshore) cada vez encuentren más problemas en la jurisdicción (muchas bancos tienen la política de no abrir cuentas bancarias a estas entidades).

Retomando la reunión del último beneficiario de la empresa con el banco, la mayoría de bancos operativos en EAU cuentan con oficinas en Europa donde estas reuniones con el último beneficiario de la cuenta pueden realizarse.

¿Qué documentos deben de presentarse?

La información que debe presentar una persona residente en EAU es la siguiente:

- Pasaporte, Identificación Nacional de EAU y visado de residencia.

Las empresas necesitaran aportar la siguiente información:

- Documentos corporativos: licencia, escritura de constitución y estatutos, poderes para apertura vía resolución del consejo y/o accionistas;

- Información adicional relativa a la actividad que desarrolla, curriculum vitae de las personas autorizadas en la cuenta, otras cuentas bancarias de la empresa, clientes y fuentes de ingresos.

**En el caso de empresas extranjeras estos documentos deberán ser legalizados ante Ministerio de Asuntos Exteriores en el Extranjero, la Embajada de Emiratos en el país de origen y por ultimo por el Ministerio de Asuntos Exteriores en EAU. Dependiendo del banco y del idioma de origen su traducción también podría ser necesaria.

¿Cómo es el procedimiento?

En cuanto al procedimiento, en EAU la apertura de una cuenta bancaria no es inmediata. Una primera reunión de entrega de copias de todos los documentos mencionados (tras haber presentado los originales) será seguida por la confirmación de la apertura o la solicitud de información complementaria. Ello se debe a que la reunión tiene lugar con un gerente de relaciones del banco y la aprobación la realiza el departamento de cumplimiento normativo.

Una vez se recibe la comprobación la cuenta es operativa. Este proceso suele tardar 7 días (en el caso de cuentas de personas físicas) o 3 semanas (para las empresas).

** Para más información: [email protected] o +971 4 295 5727.

La abogado María Rubert. La abogado María Rubert.

En la sección ‘Pregunta al abogado’, dirigida por la abogado María Rubert, socio del despacho M/ Advocates de Dubai, los lectores pueden plantear las cuestiones sobre las que tengan dudas ya sean de carácter inmobiliario, laboral, de visados o de constitución de empresas, entre otras materias. Las respuestas aparecerán tanto en la edición impresa como en la digital (www.elcorreodelgolfo.org). Dirigir las cuestiones a [email protected] haciendo constar en el asunto ‘Pregunta al abogado’.

 

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