viernes. 29.03.2024

Nos ha llegado una consulta de una persona que ante su inminente regreso a España – tras una estancia en EAU de 18 meses – desea conocer sus derechos como emigrante retornado. A continuación exponemos los dos tipos de ayuda económica actualmente vigentes:

La abogada María Rubert.

EL SUBSIDIO PARA EMIGRANTES RETORNADOS

Requisitos: - Ser trabajador español emigrante retornado de países que no formen parte de la Unión Europea, ni el Espacio Económico Europeo, Australia o Suiza. - Permanecer inscrito durante un mes como demandante de empleo; - Suscribir el Compromiso de Actividad; - Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores a 483,98€/mes para 2014; - Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde la última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo; - No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo por cotizaciones que tuviera acumuladas en los seis años anteriores a su salida de España. Duración e Importe En caso de cumplir los requisitos anteriores, la ayuda se concederá durante 6 meses. En caso de solicitar prórrogas y manteniendo los requisitos, este plazo se podrá estirar durante un periodo máximo de 18 meses.

La cuantía a percibir, al igual que todos los subsidios es de 426 euros/mes en 2014.

LA RENTA ACTIVA DE INSERCION (RAI) PARA EMIGRANTES RETORNADOS 

Encontrarse desempleado e inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad; - Edad comprendida entre 45 y 65 años; - Ingresos propios inferiores a 483,98 € mensuales; - Que la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen sea inferior o igual 483,98 € mensuales; - Haber trabajado al menos 6 meses en el extranjero desde la última salida de España y haber retornado en los 12 meses anteriores a la solicitud; - No haber sido beneficiario del Programa de Renta Activa de Inserción en los 365 días naturales anteriores a la fecha de solicitud del derecho a la admisión del programa (salvo en el caso de víctimas de violencia género o violencia doméstica y personas con discapacidad). - No haber sido beneficiario de tres “Programas de Renta Activa de Inserción” anteriores. ** No se exige llevar inscrito como demandante de empleo 12 o más meses ininterrumpidos. Duración e Importe Ayuda de 426 euros/mes a lo largo de 11 meses, renovable hasta tres anualidades alternas.

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**La presente opinión no constituye asesoramiento legal. Es una orientación de aplicación general. Para más información [email protected] o +971 50 35 14036. 

Conozca los detalles del subsidio español para el emigrante retornado