viernes. 29.03.2024

Emiratos Árabes Unidos (EAU) establece en el artículo 7 de su Constitución el Islam como religión oficial del país. El componente religioso del ordenamiento jurídico en el país se refleja en las leyes y normas vigentes que regulan el día a día no solo de los residentes musulmanes sino también de aquellos que practican cualquier otra religión

Debido a la aplicación uniforme de la legislación a todos los ciudadanos y residentes en EAU, es importante que los expatriados que se instalan en el país conozcan en la medida de lo posible los principios que rigen la cultura y religión oficial a fin de prevenir violaciones de la legislación local. El desconocimiento de los mismos no actúa como eximente de las violaciones que puedan comentar los expatriados. 

Los procesos judiciales en los que se les imputa un delito contra la moral y los principios del Islam no son poco comunes. 

La abogada María Rubert.

Los casos más cotidianos son aquellos relativos al consumo de bebidas espirituosas, características de la ropa de vestir o las relaciones fuera del matrimonio. Sin embargo, hay casos menos populares que requieren de mayor conocimiento del sistema legal de EAU. Uno de reciente ocurrencia es la instrucción de procedimiento contra ciudadana extranjera quien registró el gato de la familia con el nombre del Profeta Mohammed

El uso del nombre del profeta en animales es considerado por las autoridades locales como una profanación y constitutivo de un delito, de acuerdo con el artículo 312 y 319 del Código Penal de EAU. 

De acuerdo con los citados preceptos legales, la comisión de un delito relacionado  con la religión puede conllevar la aplicación de una multa y/o la imposición de una pena privativa de libertad de hasta 5 años, con la posterior deportación de la persona condenada. 

Dicho lo anterior, la apertura de juicio oral en este tipo de delitos que se engloban dentro de la moral y religión del país dependen de la postura adoptada por el representante del Ministerio Público (Public Prosecutor), que es quien realiza la acusación ante el juzgado competente. Es por ello que en la práctica se han observado resultados diferentes en función de si el fiscal ha solicitado al juzgado la imposición de una pena privativa de libertad o simplemente la deportación de la persona, postura que depende de su propia interpretación del hecho cometido. 

En estos casos es importante la coordinación con el Ministerio Fiscal para intentar llegar a un acuerdo  para que este último solicite el archivo del proceso o simplemente la deportación

El conocimiento de la ley del país y su difusión podría ayudar a los ciudadanos extranjeros a evitar problemas legales de gravedad. 

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** La presente opinión no constituye asesoramiento legal. Es una orientación de aplicación general. Para más información [email protected] o +971 50 35 14036. 

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¿Puedo nombrar a un gato ‘Mohammed’ en EAU?