viernes. 19.04.2024

Cada uno de los siete emiratos en EAU (Abu Dabi, Dubái, Ajmán, Umm al Qaiwain, Ras al Khaimah, Al Fujairah y Sharjah) cuenta con sus órganos jurisdiccionales dependientes del Ministerio de Justicia. 

Estos órganos dependientes del Ministerio de Justicia se dividen en los juzgados de primera instancia, los de apelación y el de casación. Además, la interpretación de la Constitución y la declaración de inconstitucionalidad de las leyes, así como casos muy específicos como conflictos entre los emiratos o casos de seguridad estatal, son competencia del “Federal Supreme Court” o Tribunal Supremo Federal. 

Las leyes penales están recogidas en la ley Federal Nº 3 de 1983. El núcleo principal de esta ley es la Ley Sharia o islámica, aunque también tiene una fuerte influencia tanto de la ley británica (EAU fue colonia británica desde el 1853 al 1971), como de la ley egipcia. El procedimiento penal en EAU viene recogido en la ley federal Nº 35 de 1992 de Procedimiento Criminal. 

Para los musulmanes, la religión (y por ende la ley islámica) regula todos los aspectos de la vida y los derechos y obligaciones para con la sociedad y Dios del individuo, profesen o no el islam. Es un detallado código de conducta en el que se establecen, entre otras, las “reglas separadoras del bien y el mal”, las conductas permitidas o prohibidas, normas relativas al culto, así como criterios morales y vitales y en definitiva el modo de vida islámico. 

A diferencia de otras religiones, la Ley Sharía no solo constituye un código personal de orientación vital, si no que está codificada y rige todos los aspectos de la vida de los musulmanes, luego infringirla conlleva repercusiones legales.

Sus fuentes principales son cuatro. En primer lugar, el Corán, la fuente primaria; complementada con la Sunna o Hadiz, que es la tradición profética; el “Ijma” o Consejo de Sabios, es decir, la jurisprudencia de los jueces islámicos y la “Al Quias” o la analogía. 

Dentro de la Sharía, las ofensas más relevantes y sus correspondientes castigos, que son considerados “crímenes contra la religión” son denominados “hudud”, cuyo significado literal es “límite” o “restricción”. Estos límites son seis: el robo, el vandalismo, las relaciones sexuales ilegales, la falsa acusación, beber alcohol y la apostasía (negación de la fe).

Las penas previstas en la Ley Sharía para este tipo de crímenes son severas, y engloban tanto la pena capital (lapidación o crucifixión), como el castigo físico (azotes) y la amputación de miembros corporales. Para llevar a cabo dichos castigos, se deben reunir una estricta serie de requisitos, los cuales son objeto de debate dentro del islam.

A pesar de eso, existen ciertos grados de aplicación de la misma y no todas las legislaciones de los países islámicos prevén la aplicación de estos castigos en su sentido literal, siendo inconstitucionales en numerosos países, entre ellos Emiratos Árabes Unidos, que han adaptado sus legislaciones cambiando los castigos físicos como latigazos o amputaciones por penas de cárcel, aunque otros países como Arabia Saudita sí la aplican en su vertiente más fundamentalista.

Algunos de los crímenes que se prevén en esta ley, a modo de ejemplo son: la desobediencia de las mujeres hacia la autoridad del padre o el esposo, la homosexualidad, las relaciones entre musulmanes y “kafir” (no pertenecientes al mundo islámico).

Para que una persona pueda compadecer como imputada en un proceso se tienen que cumplir dos condiciones básicas: la mayoría de edad y que la persona tenga conocimiento efectivo de los prohibido, según un Hadiz o tradición profética que establece lo siguiente: "No se le debe aplicar la pena a quien la ignora salvo que la conozca (la prohibición)".

La abogada María Rubert.

De lo anterior por tanto se desprende que no cabe la amputación de miembros corporales (de la mano en específica referencia a la pregunta) en cuanto estas prácticas han sido desplazadas de los castigos penales potenciales.

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** La presente opinión no constituye asesoramiento legal. Es una orientación de aplicación general. Para más información [email protected] o  +971 50 35 14036.

¿Me pueden cortar la mano si robo en Emiratos Árabes?