jueves. 28.03.2024

¿Puedo enviar dinero a España mientras vivo en Emiratos Árabes o llevármelo si regreso?

Es sumamente importante evaluar cada situación personal con un profesional puesto que la calificación que cada caso reciba como residente o no residente a efectos de calendario anual tiene un impacto importante sobre cómo afrontar el proceso
Billetes de la moneda europea. (Fuente externa)
La moneda europea se crece frente a la estadounidense. (Fuente externa)

Es una pregunta que la mayoría de nacionales españoles se hacen durante su estancia en Emiratos Árabes Unidos (EAU). Hay que hablar de dos supuestos de individuos y de modos de hacerlo. En cuanto a las personas, podrían ser:

(a) Personas que viven en EAU y que necesitan enviar dinero a familiares o para cubrir gastos que tienen pendientes o inversiones que puedan estar realizando en España.

(b) Personas que trasladan su residencia a España y que desean llevar consigo los ahorros que hayan podido acumular.

Es positivo adelantar que las cuantías que se remiten no tendrán que tributar en España si la persona que las envía no es residente fiscal en España.

Las vías para realizar el transporte de las cuantías son dos:

En metálico, no pudiendo llevar una persona consigo más de 10.000 euros.

Por transferencia bancaria, sin limites máximos, si bien cuanto más altas sean las cantidades más posibilidad hay de que las entidades bancarias pregunten sobre el origen fondos. Dentro de cada entidad bancaria, los directores de oficina tienen la obligación de informar al banco de España de cantidades que excedan ciertos números (comúnmente 6.000 euros). Ello no es por motivos de fiscalidad sino de control. Un residente fiscal en EAU no tendrá que tributar en España por las cantidades enviadas si es de facto residente en EAU.

Las entidades bancarias podrían solicitar el motivo y origen de los fondos con la meta de evitar blanqueo de capitales provenientes de fondos ilícitos.

Para aquellos que sean residentes en EAU es interesante que conozcan que sus cuentas bancarias en España podrían estar registradas como cuentas no residentes y que el banco no haría ningún tipo de retención sobre beneficios (si tuvieran algún fondo fijo u otra inversión).

Para aquellos que se trasladen a España es importante que conozcan que cada 31 de diciembre tendrán que notificar a la hacienda española de aquellas cuentas bancarias que tengan en el extranjero con cuantías superiores a 50.000 euros. Si tuvieran cuentas bancarias con 49,999 euros no tendrían obligación de declararlas mientras que si tuvieran fondos de 50.0001 sí tendrían que hacerlo.

La abogada María Rubert.

Dicho todo lo anterior, es sumamente importante evaluar cada situación personal con un profesional puesto que la calificación que cada caso reciba como residente o no residente a efectos de calendario anual tiene un impacto importante sobre cómo tratar cada situación. Cuanto antes se organice y se planee, más opciones a la hora de optimizar fiscalmente la vuelta a España.

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La presente opinión no constituye asesoramiento legal. Es una orientación de aplicación general. María Rubert es abogado y árbitro con oficinas en EAU, Egipto y España. Para más información [email protected] o +971 50 35 14036.

¿Puedo enviar dinero a España mientras vivo en Emiratos Árabes o llevármelo si regreso?