jueves. 28.03.2024

La Embajada de España en Abu Dhabi ha puesto en marcha la constitución del Consejo de Residentes Españoles (CRE) en Emiratos Árabes Unidos. El proceso se inicia al haberse superado la cifra de más de 1.200 electores en las listas del Censo de Residentes Ausentes en el país árabe, requisito para la creación de este tipo de órganos de participación social.

Los consejos de residentes españoles, según informa la Sección Consular de la Embajada española en Abu Dhabi a través de un comunicado, son “órganos de carácter consultivo y asesor adscritos a las oficinas consulares de España en el exterior”.

El CRE estará compuesto por “consejeros elegidos por sufragio universal, libre, directo y secreto por los españoles mayores de edad inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes de la circunscripción consular en Emiratos Árabes Unidos”.

Según establece la normativa que regula a este órgano, el número de consejeros será de siete, puesto que la circunscripción consular de Emiratos Árabes Unidos cuenta con menos de 40.000 españoles inscritos en el CERA.

En este proceso electoral podrán votar  “los españoles que figuren inscritos en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero en Emiratos Árabes Unidos a fecha 30 de abril de 2016 y que hayan alcanzado la mayoría de edad antes de la fecha de celebración de las elecciones”.

 Exactamente los mismos requisitos deberán cumplir aquellas personas interesadas en presentar una candidatura para ser miembros del consejo, esto es, estar inscritas en el padrón y ser mayores de edad.

Las candidaturas tienen que presentarse en listas “que deberán contener un número de candidatos igual al de miembros del consejo que se va a elegir más tres suplentes (7+3)”.

Cualquiera de los candidatos o electores firmantes podrá presentar la lista en la Sección Consular de la Embajada. Cada candidatura, incluyendo titulares y suplentes, deberá contener un mínimo de un cuarenta por ciento de personas de cada sexo.

Las listas serán presentadas en la Sección Consular en el plazo de dos meses desde la inserción del acuerdo de convocatoria en el tablón de anuncios de la Embajada, es decir, antes del 30 de julio.

Para poder optar a la convocatoria las listas de candidatos “deberán estar respaldadas por la firma de al menos cincuenta electores”, según consta en los datos facilitados por el Consulado.

Desde la Embajada detallan también que junto a la firma del elector debe figurar su nombre, dos apellidos y dirección actualizada. Será necesario acompañar los pliegos de firmas con una fotocopia del pasaporte o del documento nacional de identidad. Las firmas de los electores que figuren en más de una candidatura serán consideradas nulas en todas ellas.

La votación se celebrará en la sede de la Sección Consular durante las horas que en su momento señale la comisión electoral.

Igualmente explican que será posible votar por correspondencia, para lo que el interesado deberá dirigir a la oficina consular una solicitud firmada personalmente, acompañada de una copia de su documento de identidad, al menos tres días antes del fijado para la celebración de las elecciones.

 UN ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL

Los Consejos de Residentes Españoles (CRE) son órganos de participación social que desarrollan sus actividades en materia de derechos civiles y laborales, acción educativa, social y cultural a favor de los españoles que integran la comunidad y su participación política en España. Esta tarea deben realizarla, según ha explicado la Embajada de España en Abu Dhabi, “respetando en toda su integridad las funciones y atribuciones del jefe de la oficina consular, las disposiciones del derecho interno del país de residencia y el derecho internacional”.

Entre las funciones de los CRE se incluyen las de “ser cauce de comunicación entre las comunidades de españoles en el exterior y las oficinas consulares” y “debatir y proponer a las oficinas consulares las medidas relacionadas con su función consular que contribuyan a mejorarla en el ámbito de su circunscripción”. Asimismo, el Consejo de Residentes tendrá que “asesorar e informar a la oficina consular en los asuntos que afecten a la comunidad española” y “difundir entre la comunidad española las medidas adoptadas por las administraciones públicas”.

Otras de sus funciones son las de “cooperar con la oficina consular o con otras instituciones españolas o locales para dar mayor carácter institucional a aquellas actividades que se desarrollen en beneficio de los españoles” y “participar en el procedimiento de concesión de ayudas y subvenciones a favor de los españoles en el exterior”.

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