sábado. 20.04.2024

Cuando una persona no titular de una marca no permite al titular utilizar el dominio de su marca  tiene muchas consecuencias no solo para el que lo sufre, pues bloquea el acceso a la web, también para el secuestrador que suele verse inmerso en un litigio legal, según explicó MCT Abogados.

Es muy recomendable al comienzo de un negocio y montar una web, encargar a alguien que busque el hosting donde registrar el dominio, pero no hay que olvidar nunca el justificante para comprobar a nombre de quién consta el dominio de la marca.

Hay empresas que cuando quieren cambiar de hosting, se ven bloqueadas y coaccionadas bien para pagar unas cantidades que no se correspondían con los servicios recibidos o simplemente por maldad.

Se trata de un error común, pero no por ello inevitable.

A menudo, quien ha secuestrado el dominio no va a acceder a liberarlo a no ser que se le requiera legalmente y con amenazas de llevarle a juicio.

Las soluciones son:

1- Requerimiento de la transferencia de dominio por carta certificada.

2 - Procedimiento administrativo a través de la Oficina Mundial de la Propiedad Intelectual, procedimientos UDRP (Política de Resolución de Disputas de Nombres de Dominio).

3- Reclamación judicial para la transferencia del dominio, abono de gastos legales y, de daños y perjuicios.

Atención con los piratas que secuestran una página web y/o un dominio
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