viernes. 29.03.2024

Las embajadas de España en los países del Golfo mantienen del 8 al 15 de agosto abierta la consulta del censo electoral de cara a los comicios para los parlamentos del País Vasco y de Galicia, que tendrán lugar el 25 de septiembre de 2016. Comprobar si se figura en el censo puede realizarse revisando personalmente las listas electorales expuestas al público. Aquellas personas que dispongan de un certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del INE, por ejemplo un DNI electrónico, también pueden hacerlo de forma telemática en la dirección https://sede.ine.gob.es.

El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de junio de 2016, que incluye las inscripciones de quienes tengan la mayoría de edad el día de la votación. A este censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas, que sólo se pueden presentar del 8 al 15 de agosto, ambos días incluidos.

Todas las reclamaciones deberán ir acompañadas de alguno de los siguientes documentos españoles del interesado: fotocopia del DNI, del pasaporte o del permiso de conducir. Además, junto a las reclamaciones de alta en el CERA se tiene que aportar necesariamente la "Declaración explicativa de la elección del municipio de inscripción a efectos electorales". La Delegación Provincial de la OCE, en un plazo de tres días, resolverá las reclamaciones presentadas y ordenará las rectificaciones pertinentes, que se expondrán al público el día 19 de agosto.

En las elecciones a los parlamentos del País Vasco y de Galicia pueden votar desde el exterior los españoles que viven en el extranjero que estén inscritos en el censo de electores residentes ausentes (CERA) de estas elecciones y cuyo municipio se encuentre en las citadas comunidades autonómicas.

Asimismo pueden hacerlo los españoles residentes en el País Vasco o Galicia inscritos en el censo electoral  de españoles residentes en España (CER) que temporalmente se hallen en el extranjero.

SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN ELECTORAL

Para ejercer el derecho de voto, todo elector, tanto si figura correctamente en las listas de consulta como si formula reclamación, deberá solicitar la documentación electoral mediante impreso oficial debidamente firmado.

Este impreso, que se enviará de oficio a los electores inscritos en el CERA, se encuentra también disponible en la página Web de este MAEC (Participa en las elecciones). Una vez firmada la solicitud, el elector podrá enviarla por Internet (sólo si ya figura en el CERA vigente en la fecha de la convocatoria), por correo postal o por fax a la Delegación Provincial de la OCE correspondiente, no más tarde del día 27 de agosto, adjuntando fotocopia del pasaporte o DNI, expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificado de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidos por la Oficina Consular en el país de residencia.

Recibida la documentación electoral, el elector puede optar por depositar personalmente el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial en la urna de la Oficina Consular en la que esté inscrito durante los días 21, 22 y 23 de septiembre, o enviar su voto por correo certificado a la Oficina Consular en la que el elector figure inscrito como residente, no más tarde del día 20 de septiembre.

Si algún elector del CERA se encontrara temporalmente en España durante estos comicios, podrá solicitar (al igual que los electores residentes en España) a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el 15 de septiembre incluido, el voto por correo, sin que ello suponga su baja en el CERA. Para ello, deberá cumplimentar y firmar una solicitud disponible en cualquier oficina de Correos de España y dirigirla a la Delegación Provincial de la OCE de su provincia de inscripción. Recibida la documentación electoral en la dirección en España señalada en su solicitud, el elector enviará su voto por correo certificado a su mesa electoral, no más tarde del día 21 de septiembre.

APERTURA EXTRAORDINARIA DE OFICINAS CONSULARES

Las Oficinas Consulares de España en los países del Golfo permanecerán abiertas durante el horario normal de atención al público y, de manera extraordinaria, también en otras jornadas festivas o no laborables. En el caso de Emiratos Árabes Unidos son las siguientes:

    • Viernes 12 y sábado 13 de agosto, de 10:00 a 13:00 horas, para presentación de reclamaciones a las listas electorales.

    • Viernes 26 y sábado 27 de agosto, de 10:00 a 13:00 horas, plazo límite para que los electores temporalmente en el extranjero puedan solicitar su documentación electoral.

En el caso de la Embajada de España en Arabia Saudita las fechas y horarios figuran en este enlace. No es necesario solicitar cita previa para efectuar la consulta de listas, reclamaciones o cualquier otra gestión directamente relacionada con las elecciones.

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Para más información, pulse sobre este enlace.

Las embajadas exponen hasta el día 15 los censos para las elecciones vascas y gallegas
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