sábado. 20.04.2024

(Texto: María Rubert / Pregunta al Abogado) Un artículo reciente de un periódico local hizo saltar la alarma entre nuestra comunidad. El mismo confirmaba el diferente trato a la hora de sponsorizar a hijos e hijas por padres en EAU. ¿Qué ocurre con los hijos mayores de edad? ¿Puede un padre procesar visado de dependiente a hijos e hijas mayores de 18 años?

El artículo confirmaba que las hijas pueden estar bajo dependencia de los padres de una manera ilimitada respecto a su edad, mientras que los hijos, una vez cumplieran la mayoría de edad, deberían tener un visado independiente, ya sea por estudios, de trabajo o como inversor en empresa.

Desde entonces hemos recibido varias consultas de familias quienes habían tratado de obtener visados para hijas mayores de edad pero habían sido rechazados.

Se nos escribía para solicitarnos una confirmación de la información leída en periódico local independiente.

En efecto, padres en EAU pueden ser sponsors de hijos hasta los 18 años y de sus hijas sin límite de edad. No obstante en ocasiones nuestros clientes, al igual que quienes nos consultan, han encontrado dificultades a la hora de tramitar los visados de hijas dependientes mayores de 18 años.

Nuestra experiencia en esos casos ha sido positiva al preparar una carta justificadora de los vínculos de la hija con los padres (no estar casada, vinculación de apoyo a los padres, etc.). Dicha carta suele subsanar la deficiencia estimada por quien revisa el archivo de la petición de visado en la jurisdicción pertinente, quien no olvidemos tiene cierta libertad y poder a la hora de preparar la documentación necesaria.

La abogado María Rubert. La abogado María Rubert.

**La presente opinión no constituye asesoramiento legal. Ha sido redactada en función de las representaciones recibidas sin haber revisado los documentos relativos al contrato laboral. Para más información: [email protected] o +971 4 295 5727.

En la sección ‘Pregunta al abogado’, dirigida por la abogado María Rubert, socio del despacho M/ Advocates de Dubai, los lectores pueden plantear las cuestiones sobre las que tengan dudas ya sean de carácter inmobiliario, laboral, de visados o de constitución de empresas, entre otras materias. Las respuestas aparecerán tanto en la edición impresa como en la digital (www.elcorreo.ae). Dirigir las cuestiones a [email protected] haciendo constar ‘Pregunta al abogado’.

¿Puede un padre sponsorizar en Emiratos Árabes Unidos a una hija mayor de 18 años?
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