sábado. 20.04.2024

La mayoría de trabajadores desean dejar su empleo cuando cobrar el sueldo se convierte en una incertidumbre. ¿Qué opciones tienen trabajadores en Emiratos Árabes Unidos (EAU) si el empleador no paga su salario a tiempo? ¿Pueden dejar el trabajo? En tal caso, ¿qué pasos hay que seguir para asegurar que el trabajador recibe lo que se le debe? ¿Ante quién hay que reclamar?

Trabajadores en EAU pueden optar por dejar sus trabajos cuando la empresa no les paga su sueldo. Esta posibilidad está indicada en el artículo 121 del código laboral, que además especifica que el trabajo podrá ser terminado de manera inmediata cuando el empleador no cumple con sus obligaciones contractuales (el pago del sueldo es obviamente una de ellas).

La mejor manera de proceder cuando un trabajador desea terminar su empleo por este motivo es registrar una queja ante el Ministerio de Trabajo, quien citará a ambas partes a una reunión en la que tratar de solucionar el conflicto.

Siempre es aconsejable, por cortesía legal, que una vez se haya interpuesto la queja se informe a la empresa, junto con el deseo del trabajador de zanjar el conflicto a la mayor brevedad, incluso antes de la reunión con el Ministerio de Trabajo y evitar con ello la comparecencia ante las autoridades.

De no resolverse de antemano, ni en la reunión con el agente del Ministerio de Trabajo, la queja será trasmitida a los tribunales de Dubái. En este momento sería oportuno solicitar la cancelación del visado hasta que los tribunales dictaran sentencia.

El proceso no conlleva costas para trabajadores pero siempre es recomendable contar con apoyo legal para (1) asegurar que el trabajador solicita todos los beneficios a los que tiene derecho en base a su contrato y las leyes de EAU; y (2) que los documentos y escritos están debidamente traducidos al árabe, idioma en el que tendrá lugar el proceso.

La abogado María Rubert. La abogado María Rubert.

**La presente opinión no constituye asesoramiento legal. Ha sido redactada en función de las representaciones recibidas sin haber revisado los documentos relativos al contrato laboral. Para más información: [email protected] o +971 4 295 5727.

En la sección ‘Pregunta al abogado’, dirigida por la abogado María Rubertsocio del despacho M/ Advocates de Dubai, los lectores pueden plantear las cuestiones sobre las que tengan dudas ya sean de carácter inmobiliario, laboral, de visados o de constitución de empresas, entre otras materias. Las respuestas aparecerán tanto en la edición impresa como en la digital (www.elcorreo.ae). Dirigir las cuestiones a [email protected] haciendo constar ‘Pregunta al abogado’.

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