viernes. 19.04.2024

La Fiscalía de Emiratos Árabes Unidos ha explicado en un vídeo educativo en las redes sociales cuáles son las sanciones por emitir amenazas en el país. 

La autoridad señaló que, según el artículo 351 del Código Penal Federal, todo aquel que amenace a otra persona, por escrito o verbalmente, con cometer un delito grave contra su persona o propiedad o contra la persona o propiedad ajena, mediante la atribución o divulgación de materias deshonrosas y vaya acompañado de una exigencia o instrucciones para hacer o abstenerse de hacer algo o si así lo pretendiera será condenado a prisión por un período máximo de siete años.

El artículo 352 de la misma ley establece que quien amenace a otro con cometer un delito contra su persona o su propiedad, o contra la persona o propiedad de otro, atribuyéndole o revelando hechos deshonrosos, en casos distintos a los señalados en el artículo anterior, también será castigado con pena privativa de la libertad.

Finalmente, y de conformidad con el artículo 353, quien amenace a otro de palabra, hecho o signo, por escrito o verbalmente, o por medio de otra persona en casos distintos a los señalados en los dos artículos anteriores, será sancionado con pena privativa de libertad por un período no superior a un año o una multa no superior a 1.000 dirhams.

Hasta siete años de cárcel por emitir amenazas en Emiratos Árabes
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