viernes. 19.04.2024

Trabajar en Emiratos Árabes Unidos sin un permiso de trabajo válido expedido por el Ministerio de Recursos Humanos y sin la visa de residencia es ilegal y el empleador puede ser multado con 50.000 dirhams.

La medida se recoge en la Ley Federal Nº 6 de 1973 y su posterior modificación por la Ley Nº 13 de 1996 y la Ley Nº 7 de 2007 (la 'Ley de Inmigración') y la Ley Federal Nº 8 de 1980 que regula las relaciones laborales en EAU (Ley de Empleo).

El artículo 11 de la Ley de inmigración establece que, "el extranjero que obtiene una visa de visita no puede trabajar en ningún lugar del país con o sin paga o por su cuenta. Si la visa se emite para trabajar para una persona o un establecimiento, el titular no puede trabajar para otro individuo o establecimiento sin el consentimiento por escrito de ese individuo o establecimiento y la aprobación de la Dirección de Nacionalidad e Inmigración".

Además, el artículo 13 de la Ley de Empleo establece que, "no se puede reclutar personal no nacional para trabajar en EAU sin la aprobación previa del Ministerio de Recursos Humanos y Emiritización y sin obtener primero un permiso de trabajo de acuerdo con los procedimientos y reglamentos establecidos por el Ministerio de Recursos Humanos y Emiritización.

Dicho permiso no se otorgará a menos que se cumplan las siguientes condiciones:

1-Que el empleado posea la competencia profesional o calificación educativa que el país necesita.

2-Que el empleado haya ingresado legalmente al país y cumpla con las condiciones prescritas en el reglamento de residencia vigente en el Estado.

En EAU, quienquiera que esté empleado y que proporcione empleo a las personas con visa de visita tendrá que acatar las sanciones y las consecuencias penales. Esto está en conformidad con el Decreto Ley Nº 7 de 2007, que modificó ciertas disposiciones de la Ley Federal Número 6 de 1973, donde se recoge que se impondrá una multa de 50.000 dirhams por empleado, en el caso de que MoHRE encuentre un empleador que emplee a una persona con visa de visita.

Si se repite el delito, la multa se duplica. Además, la Resolución Ministerial N ° 851 o 2001 con respecto a las sanciones penales estipuladas para las violaciones a las leyes y resoluciones vigentes establece que el empleador puede ser encarcelado por seis meses por emplear a personas que están bajo otro patrocinio en Emiratos Árabes Unidos como se menciona en la Ley de Inmigración.

En caso de violaciones repetidas, los empleadores expatriados serán deportados y prohibidos de por vida a entrar en EAU y seis meses de prisión en caso de que los empleadores sean ciudadanos de EAU.

Sobre la base de las disposiciones legales mencionadas anteriormente, tanto el empleador como el empleado pueden ser declarados culpables si trabajan o permiten trabajar con una visa de turista en Emiratos Árabes Unidos.

Multa de 50.000 dirhams por trabajar con visa de turista en Emiratos Árabes
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