sábado. 27.04.2024

De Al Andalus se sabe mucho. Conocemos su espléndida arquitectura, su historia dinástica, sus hazañas bélicas, su revolución científica y hasta su excepcional ingeniería hidráulica. Sabemos el nombre de sus califas, de sus médicos, de sus poetas, de sus guerreros y de sus filósofos. Pero, ¿y las mujeres? ¿Quiénes eran? ¿Qué papel desempeñaban? ¿A qué dedicaban sus días? ¿Cómo pensaban? ¿En qué contribuyeron al proceso de construcción de Al Andalus? 

La investigación de las fuentes andalusíes desde la perspectiva de género en los últimos años empieza a arrojar luz sobre el papel que jugaba nada menos que la mitad de la sociedad andalusí. La arabista Manuela Marín es autora de uno de los libros de referencia en la materia, publicado en el año 2000 bajo el título de ‘Mujeres en Al Andalus’. Su primera prevención al otro lado del teléfono es clara: “Yo nunca hablo de la mujer en Al Andalus. Hablo de las mujeres en Al Andalus”. ¿Por qué? Porque existen notables diferencias entre las féminas de una clase social y otra, ya vivan en zona urbana o en el mundo rural

Sobre las mujeres urbanas de clase acomodada se tiene bastante información. Mucha más, sin duda, que el conocimiento académico de que se dispone sobre la población femenina de las áreas rurales. De estas últimas, las fuentes árabes hacen escasa referencia y, por tanto, los elementos de juicio son limitados. Sí se sabe de ellas, indica Manuela Marín, que,  “como en cualquier sociedad tradicional, trabajaban en el campo, y salían de su casa” para acometer sus labores. Las mujeres urbanas, en cambio, rara vez abandonaban su hogar

En los textos andalusíes aparecen muchas mujeres. Pero no es una cuestión “cuantitativa”, aclara la arabista. “Cuando empecé a investigar, me quedé sorprendida de que había muchas más mujeres de las que yo pensaba. Cuando uno no busca una cosa, no la encuentra. Pero si buscas mujeres, al final se encuentran”, precisa. No hay fuentes dedicadas exclusivamente a ellas. En general, los cronistas eran varones y escribían sus documentos “como todos los hombres de las sociedades tradicionales”. Es decir, las mujeres salen de “refilón” o por alguna “razón especial”, bien porque han destacado en algo o porque es “inevitable hablar de ellas”. Por ejemplo, en los textos jurídicos donde se abordan cuestiones que afectan a la mujer inexcusablemente: el matrimonio, el divorcio o las dotes. 

Por lo común, las mujeres “no tienen actividad pública reconocida”. En el ámbito jurídico no existen. “No hay mujeres jueces”, afirma la investigadora. “Hay alguna mujer que aconsejaba a su marido porque sabía más que él de leyes. Pero ella no era juez”. Y hay mujeres que tienen una “gran influencia” dentro del entorno cortesano, por tratarse de madres de gobernantes o de figuras claves de la estructura califal. O que ejercen una labor singular como “financiadoras de construcciones públicas”, desde mezquitas a escuelas u hospitales

Esa es una función propia de las mujeres de familias dominantes, de la aristocracia o incluso de la estirpe califal. Dentro de la clase alta, hay mujeres que destacan por alguna actividad intelectual. “Una hija de Abderramán II era copista del Corán y realizaba una labor digamos que de beneficencia”, explica Manuela Marín. La poetisa Wallada, hija del undécimo califa de Córdoba, es quizás la mujer andalusí más evocada por la historia y la literatura sobre la época. Pero el suyo es un caso excepcional. 

La cultura dominante del medievo peninsular atribuía a las mujeres un papel fundamentalmente doméstico. “No solo en Al Andalus”, puntualiza Marín, “sino en todo el universo mundo”. Todas las sociedades patriarcales se comportan así, argumenta la arabista. “Y eso ha pasado incluso en España hasta casi ahora mismo”. En algunos casos, las mujeres de clase social menos favorecida han regentado su propio negocio o han vendido en el mercado los productos de su trabajo. 

En cualquier caso, las mujeres que lograban romper el corsé social recibían la incomprensión de sus congéneres. “A los cronistas, que son hombres, les parecía muy mal que una mujer intervenga en política”. La madre de Hisham II y esposa de Al Hakam II, que se llamaba Subh, gobernó Al Andalus junto a Almanzor durante veinte años. Y lo hizo, cómo no, con la oposición de buena parte de los cortesanos. “Eso sucede también en cualquier reino cristiano de la Edad Media. A Catalina la ponían pringando en Francia porque era la que mandaba. Y era demonizada constantemente”. 

Había algo, no obstante, que distinguía a una mujer musulmana de una cristiana en aquella Europa medieval. “Las mujeres en las sociedades islámicas tienen independencia económica. Gozaban de esa capacidad de tener sus propios bienes separados de los de su marido”. En las sociedades cristianas, esa potestad tardó en llegar hasta el siglo XIX. Las musulmanas también tenían permitido el divorcio, pero en unas condiciones “más restrictivas” que los hombres. 

Otro trabajo de investigación relevante para los estudios de género en Al Andalus lo protagonizó la arabista Bárbara Boloix, doctora en Filología Árabe por la Universidad de Granada. Experta en la historia del reino nazarí, en 2013 publicó ‘Las sultanas de la Alhambra’, el primer libro dedicado a las mujeres de la dinastía granadina. “Había información pero dispersa”, declara Boloix en una entrevista realizada por Canal Sur. La especialista asegura que a lo largo de su extensa investigación sobre los nazaríes, fue descubriendo a “mujeres interesantísimas”, que acabaron agrupadas en el citado monográfico. 

Todas las mujeres que ha logrado documentar están relacionadas con los sultanes granadinos. O bien eran concubinas, esposas, nietas o hijas. Y muchas de ellas jugaron un papel político trascendental en la última dinastía islámica de España. “La idiosincrasia de la sociedad islámica medieval”, explica Boloix, “relegaba a las mujeres, que no podían ejercitar el poder oficialmente. Pero sí extraoficialmente”. 

La historia nazarí fue muy inestable, sometida a guerras continuas con los reinos cristianos e intrigas palaciegas que acababan con el asesinato de muchos emires. “Esa situación obligó a muchas mujeres a traspasar el umbral de sus vidas privadas para adentrarse en el ámbito de la política y tomar las riendas del poder en lugar de sus hijos o sus nietos menores de edad”, argumenta la profesora de la Universidad de Granada. “Tuvieron que tomar decisiones importantes y acumularon mucho poder, en algunos casos reconocido en las crónicas”. 

El derecho islámico confería a las mujeres la potestad de tener propiedades. Podían comprar, vender o alquilar, según refleja abundante documentación histórica. Pero no podían realizar trámites de forma directa sino a través de un representante legal, detalla Boloix. “Desde el punto de vista económico tenían más derechos que las mujeres de zona cristiana”, puntualiza. No hay información sobre mujeres nazaríes sabias o poetas, salvo alguna excepción poco representativa. Es el caso de Fátima Bint Al Ahmar, madre de Ismail I, que se dedicó a la transmisión de obras y maestros de su época. Sí hubo sultanas nazaríes, como Zahra Ryad, la segunda esposa de Muhammed IX, que mantuvo una poco frecuente actividad diplomática con la reina de Aragón, con la cual intercambió una abundante relación epistolar. 

En su esclarecedora investigación, Boloix ha examinado uno de los mitos más explotados por la literatura romántica sobre Al Andalus. El ‘harem’ existió pero en el reino nazarí de Granada no fue muy amplio. Yusuf I, uno de los emires más famosos, tenía tres concubinas. Los hombres podían tomar tantas como quisieran, mientras que las esposas legítimas se limitaban a cuatro, generalmente primas. 

La mayor parte de las concubinas eran esclavas cristianas capturadas como botín de guerra en las razias con los reinos del norte. Tenían derechos jurídicos distintos a las esposas, salvo que fueran madres, y le ponían nombres de astros o animales (Sol, Luna, Gacela), frente a los apelativos coránicos de las legítimas (Aixa, Fátima). Las concubinas estaban obligadas a aprender el árabe y adoptar el islam

La perspectiva de género sobre Al Andalus ha ganado mucho terreno en los últimos años. Un número creciente de investigaciones ha ido ensanchando la visión de las mujeres andalusíes con aportaciones de especialistas como Cristina de la Puente, Carmen Caballero o Helena de Felipe. 

Caridad Ruiz-Almodóvar, profesora de Estudios Árabes de la Universidad de Granada, ha realizado análisis sobre el tratamiento de la mujer en la legislación islámica. La principal fuente del derecho islámico es el Corán, aunque la ‘sunna’ o conjunto de hechos y dichos del profeta también aporta material legislativo musulmán. En la ley islámica, el hombre y la mujer “son iguales ante Dios”. Se prohibieron algunas prácticas preislámicas, como el infanticidio femenino o que las mujeres formasen parte de la herencia. Y se les dotaba del derecho al saber, la propiedad privada y el trabajo, para los que no hay prohibición alguna. 

Sin embargo, según indica Ruiz-Almodóvar en alusión al derecho islámico, “el hombre y la mujer tienen naturaleza diferente”. Y varias aleyas coránicas ya establecen esa distinción. Los hombres tienen sobre las mujeres “preeminencia” porque es su “proveedor” y “protector” y afronta la obligación de mantener a la familia. El testimonio femenino tenía menos valor que el masculino y se prohíbe el acceso de la mujer a la función política, según estipula un ‘hadiz’ recogido por Bujari. En el plano económico, sí se les reconoció un derecho inédito hasta el momento, la herencia, aunque en un grado inferior a la del hombre. El matrimonio no es indisoluble y tanto los hombres como las mujeres pueden divorciarse, lo que representa un avance, aunque ellas tienen un acceso restringido y desigual. 

La ciencia rescata el papel de la mujer en Al Andalus
Comentarios